El presidente del Consejo Nacional Electoral, Francisco Carrasquero López, presentó este viernes el informe final de la Comisión Especial de Depuración del Registro Electoral, producto del trabajo de purificación efectuado en el lapso comprendido entre el 28 de junio y el 27 de octubre de 2004, por mandato del Tribunal Supremo de Justicia. Dentro de los resultados presentados al país por el presidente del ente comicial, acompañado por el rector suplente, Carlos Aguilar; el director de la Oficina Nacional de Registro, Félix Arroyo, y los técnicos que han trabajado en la Comisión Especial, se expresa que la misma recibió un millón 205 mil 912 reclamos. Luego de practicarse la respectiva evaluación de cada denuncia, resultó que 590 mil 691 resultaron no válidas por ser repetidas, números de cédulas que no correspondían con el nombre y el apellido o la fecha de nacimiento no coincidían con los datos del elector, por lo que sólo 615 mil 221 reclamos si fueron procesados. Carrasquero explicó que de los 615 mil 221 reclamos procesados por la Comisión Especial de Depuración del Registro Electoral, 493 mil 564 resultaron sin irregularidades, es decir, que al cruzarse con el RE resultaron válidos, mientras que 121 mil 657 tuvieron que ser estudiados para su depuración. La comisión detectó de la revisión practicada a los 121 mil 657 casos, que un mil 709 eran doble cedulados, 14 mil 333 provienen de la Onidex, marcados como extranjeros nacionalizados, 263 aparecieron como inhabilitados políticos por haber recibido sentencia firme de un tribunal, 67 mil 126 por fallecidos, otros 6 mil 240 por impugnación, 18 mil 174 por migraciones, otro grupo de 11 mil 568 resultaron como migraciones determinadas por el trabajo de campo efectuado del 13 al 20 de septiembre y 2 mil 244 provienen de la Fiscalía de Cedulación para efectuar el levantamiento de objeción. Carrasquero indicó que el resultado de este trabajo será presentado al Directorio para su notificación, ya que es producto del acatamiento de la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ, del 28 de junio pasado. |