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10 de febrero de 2010
CNE APROBÓ REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE JUNTAS Y MESAS ELECTORALES
* En el Reglamento 2 se norma desde la selección de los integrantes de los organismos electorales subalternos, hasta el sistema de votación de las juntas electorales para la toma de decisiones durante su funcionamiento

En su sesión de este miércoles, el Consejo Nacional Electoral aprobó el Reglamento Nº 2 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), mediante el cual se regulan las actuaciones y el funcionamiento de los organismos electorales subalternos de la Junta Nacional Electoral durante los procesos comiciales.

En este reglamento se norma el procedimiento para la selección, notificación y capacitación de los integrantes de las juntas electorales y de las mesas de votación, así como las excepciones para el ejercicio del servicio electoral obligatorio y los mecanismos para impugnar algún seleccionado.

Contempla, asimismo, la integración de las juntas electorales regionales, municipales y parroquiales, y de las mesas de votación, sus atribuciones y funciones en el marco de un proceso electoral.

También establece los procedimientos para el funcionamiento de las juntas en cuanto a la realización de las sesiones, deliberaciones y el sistema de votación para la toma de decisiones.