El Consejo Nacional Electoral aprobó este jueves el reglamento especial de la Campaña Electoral para las Elecciones Parlamentarias del 26 de septiembre.
Este reglamento especial norma los espacios de propaganda electoral que los candidatos, candidatas, organizaciones con fines políticos, grupos de electores y electoras, y comunidades indígenas podrán contratar en los medios de comunicación social durante la campaña electoral que comienza el próximo 25 de agosto.
En el caso de los medios de comunicación audiovisual se aprobaron los siguientes tiempos de transmisión diaria:
Medio de Comunicación |
Tiempo de propaganda establecido |
Televisión nacional |
Tres (3) minutos diarios en cada prestador de servicio. No acumulables. |
Televisión por cable |
Tres (3) minutos diarios en cada canal. No acumulables. |
Radio |
Cuatro (4) minutos diarios por cada prestador de servicios. No acumulables |
Para la prensa escrita, la norma establece:
Periódicos tamaño estándar |
Media (1/2) página diaria.
No acumulables |
Periódicos tamaño tabloide |
Una (1) página diaria.
No acumulables |
Para la propaganda enviada a través de la mensajería de texto, los candidatos y candidatas podrán contratar el envío de tres (3) mensajes de texto por semana, no acumulables.
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