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03 de agosto de 2011
Organizaciones con fines políticos recibieron taller informativo sobre el SARC
*Representantes de organizaciones con fines políticos nacionales deberán presentar el próximo 10 de agosto los nuevos libros de contabilidad (diario, mayor e inventario) de actividades ordinarias para la habilitación respectiva *Será asignado un número de expediente permanente para identificar a las organizaciones con fines políticos ante la Oficina Nacional de Financiamiento

La Oficina Nacional de Financiamiento realizó este miércoles 3 de agosto el Taller de Información Financiera Electoral, para comunicar a los representantes de  organizaciones con fines políticos nacionales  sobre la rendición de los ingresos  y egresos de sus actividades ordinarias correspondientes al año en curso, a través del Sistema Automatizado de Rendición de Cuentas  (SARC), entre los meses de enero y marzo del año 2012.

A esta actividad organizada por la Comisión de Participación Política y Financiamiento, acudieron  los representantes de las siguientes organizaciones políticas:

El SARC permite a las organizaciones con fines políticos registrar su información financiera,  a través del sitio oficial del Poder Electoral. Además facilita a la Oficina Nacional de Financiamiento (ONAFI) y a las Oficinas Regionales Electorales (ORE) del Consejo Nacional Electoral, vigilar el cumplimiento de las Normas de financiamiento.

La Oficina Nacional de Financiamiento es la encargada de controlar, regular e investigar el origen, uso y destino del financiamiento ordinario de las organizaciones con fines políticos, tales como operaciones económicas y financieras expresadas en los registros de información, asientos contables y estados de cuenta, de acuerdo con el texto constitucional y las leyes electorales.

Para el próximo miércoles 10 de agosto las organizaciones con fines políticos nacionales deberán acudir nuevamente la sede de la Oficina Nacional de Financiamiento, ubicada  en  el edificio Municipal,  para consignar  conforme a lo establecido en los artículos 5 y 6 del Reglamento sobre Control del Financiamiento Ordinario, la designación o ratificación del  responsable de las  finanzas,  la copia de su cédula de identidad y  la carta de aceptación; así como la copia del soporte de la cuenta bancaria  a ser utilizada, sólo para el manejo de los fondos del financiamiento ordinario indicando las firmas autorizadas.

También deberán presentar los nuevos libros de contabilidad (diario, mayor e inventario) del financiamiento ordinario del 2011 para la habilitación respectiva.

Además se asignará mediante el Sistema Automatizado de Rendición de Cuentas,  el número de expediente permanente que identificará a las diferentes organizaciones con fines políticos ante la Oficina Nacional de Financiamiento.

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