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29 de mayo de 2009
CNE NEGÓ SOLICITUD DE REFERENDO SOBRE LEY DEL DISTRITO CAPITAL
*El Poder Electoral concluyó que el mecanismo para la consulta sería un referendo abrogatorio, el cual tiene requisitos distintos al consultivo, claramente establecidos en el artículo 74 de la Constitución

El Consejo Nacional Electoral, en sesión celebrada este jueves 28 de mayo, negó la solicitud de referendo sobre la Ley de Distrito Capital, presentada por Antonio Ledezma, Alcalde Metropolitano.

 

El organismo comicial concluyó que el mecanismo para efectuar la consulta sería un referendo abrogatorio, ya que no se puede consultar sobre una ley que ya ha sido sancionada. Este referendo tiene requisitos distintos al consultivo, claramente establecidos en el artículo 74 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.


El Poder Electoral considera que las preguntas formuladas en la solicitud del referendo consultivo se refieren a los bienes, recursos, competencias y atribuciones consagradas en la Ley Especial del Distrito Capital en sus artículos 6, 9, 11 y 14. En este caso, se evidencia que el mecanismo para efectuar una consulta de este tipo sería un referendo abrogatorio, el cual sólo puede ser requerido por 10% de los electores inscritos en el Registro Electoral, o por el Presidente de la República. En consecuencia, el solicitante no está facultado para formular dicha solicitud.