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04 de abril de 2009
CNE Y GOBIERNO DE MALI SUSCRIBIRÁN CONVENIO DE COOPERACIÓN ELECTORAL
* Tibisay Lucena, presidenta del Poder Electoral venezolano, y el Ministerio de Administración Territorial y de Colectividades Locales de esa nación africana firmarán el lunes 6 de abril el memorando de entendimiento

La presidenta del Poder Electoral, Tibisay Lucena, suscribirá, este lunes 6 de abril, un memorando de entendimiento para la cooperación bilateral en asuntos electorales con el gobierno de la República de Mali, a través del Ministerio de Administración Territorial y de Colectividades Locales de esa nación africana. 

 

El convenio dará continuidad al acuerdo marco de cooperación suscrito entre la República Bolivariana de Venezuela y el gobierno de esa nación africana en octubre de 2004. La ratificación destaca la importancia de la asistencia mutua y del intercambio de información, conocimientos y técnicas en materia electoral, con miras al fortalecimiento de la capacidad institucional de los organismos comiciales de ambos países.

 

En tal sentido, el memorando de entendimiento puntualiza en su artículo 1 que el acuerdo se fundamenta “en los principios de igualdad, reciprocidad de ventajas, respeto mutuo de la soberanía”. Asimismo, establece que “las partes se comprometen a prestarse toda la cooperación que sea necesaria para promover y a facilitar la realización de actividades de asistencia en el campo electoral”.

 

 Asistencia e intercambio

 

El memorando de entendimiento también establece con precisión el conjunto de áreas y temas en los que ambos países desarrollarán actividades de asistencia y cooperación. Éstas son: capacitación y formación de administradores y agentes electorales; intercambio de información en materia de campañas electorales; intercambio de información acerca del diseño e impresión de tarjetas de votantes y tarjetas de votación; organización material y técnicas de elecciones; intercambio de información sobre procesos de designación de candidatos; supervisión y seguimiento de elecciones; procesos de contabilización y transmisión de resultados, e intercambio de información en materia de participación social en la movilización electoral.

 

Una vez que haya entrado en vigor, el acuerdo tendrá una duración de dos años, prorrogables por períodos iguales a solicitud de las partes.