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31 de marzo de 2009
CNE RECOMIENDA A LA AN MANTENER SEPARADOS COMICIOS MUNICIPALES DE NACIONALES
* En el marco de la discusión que lleva adelante el Poder Legislativo para reformar la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, el organismo comicial propuso formalmente ante el Parlamento la unificación de las elecciones de concejales y alcaldes

El Consejo Nacional Electoral consignó este martes ante la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional de la Asamblea Nacional, un documento en el que recomienda que  se mantenga la separación de las elecciones de concejales y miembros de las juntas parroquiales, de la elección del presidente de la República y de los integrantes del Parlamento.

 

Una comisión del organismo comicial, integrada por los rectores Vicente Díaz, Luís Salamanca y Humberto Castillo, acudió al Parlamento para dar respuesta a la consulta que en días pasados realizaron los parlamentarios respecto a la modificación que esa instancia legislativa realiza a la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

 

El rector Díaz señaló que mantener “la separación de esos comicios garantiza que el proceso para el elector al momento de expresar su opinión, frente a la máquina de votación, no sea tan complicado, pues con ello se evitaría que el ciudadano tenga que emitir muchos votos cuando ejerza su derecho”. Dijo que no es conveniente vincular, en una campaña electoral, el ámbito municipal con aspectos que son de carácter netamente nacional.

 

Asimismo, Díaz informó que el documento consignado por el CNE contiene la propuesta de unificar las elecciones de alcaldes con las de los concejales y juntas parroquiales.

 

De otro lado, indicó que en caso de que la Asamblea Nacional decida postergar los comicios de concejales y juntas parroquiales, cuyo período vence este año, la fecha para su realización no debe trascender más allá de diciembre de 2010. Dijo que para establecer una nueva fecha la AN debe incorporar una disposición transitoria.

 

En este sentido, refirió que la AN tiene potestad para realizar dicha modificación, “pero la decisión de convocar o no a un evento electoral es propia del CNE”, subrayó Díaz.

 

Aclaró que las disposiciones que decida la AN son de obligatorio cumplimiento por parte del organismo electoral. "Si ellos deciden colocar una disposición transitoria que afecte esas elecciones de concejales y juntas parroquiales, nosotros tenemos que convocar en el marco de la ley", precisó.